🔏 NOVEDAD — Notaría Digital Online
ASESORÍA PARA SOCIEDADES

Reducción de capital de tu SL: online y sin desplazamientos

Reducir el capital social de una Sociedad Limitada es un trámite que requiere acuerdo de junta, escritura pública ante notario, publicación en el BORME y un período de espera durante el cual los acreedores pueden oponerse. Parece complejo, pero con LibreTax y nuestra notaría digital lo hacemos todo online, desde Andalucía o desde cualquier punto de España.

Tanto si quieres devolver aportaciones a los socios, compensar pérdidas o simplemente ajustar el capital a la realidad del negocio, te acompañamos en cada paso del proceso con precio cerrado y sin sorpresas.

Honorarios LibreTax desde
300€
+ IVA · Honorarios notariales aparte
Precio cerrado antes de empezar
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  • Análisis legal y fiscal de la operación.
  • Acuerdo de junta de socios redactado.
  • Publicación en el BORME (coordinación).
  • Escritura notarial de reducción online.
  • Inscripción en el Registro Mercantil.
  • Actualización censal ante la AEAT.

*Los honorarios notariales y aranceles registrales se pagan directamente a la notaría y el Registro.

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Alianza con notaría: Gracias a nuestra alianza con notaría, la firma de la escritura de reducción de capital se realiza de manera online, con plena validez legal en toda España según la Ley del Notariado. Ni tú ni tus socios tenéis que desplazaros a ninguna oficina.


¿Cuándo se reduce el capital de una SL?

La reducción de capital social es una modificación estatutaria que puede obedecer a varias finalidades distintas. Cada una tiene un tratamiento jurídico y fiscal diferente.

  • Devolución de aportaciones a socios: se reduce el capital devolviendo dinero o bienes a los socios de forma proporcional a su participación
  • Compensación de pérdidas: cuando las pérdidas acumuladas han erosionado el patrimonio neto hasta acercarse o superar el capital social
  • Condonación de dividendos pasivos: si hay socios que deben desembolsos pendientes al capital social comprometido
  • Obligación legal por desequilibrio: la Ley de Sociedades de Capital obliga a reducir capital o disolver si las pérdidas reducen el patrimonio neto por debajo de la mitad del capital social durante más de un ejercicio

Modalidades de reducción de capital

ModalidadEfecto económico
Con devolución de aportacionesLos socios reciben dinero o bienes de la sociedad.
Con compensación de pérdidasNo hay salida de dinero. Solo ajuste contable.
Con condonación de dividendos pasivosSe libera a socios de desembolsos pendientes.
Por reducción del valor nominalCada participación vale menos, ajustando el total.
Por amortización de participaciones propiasLa sociedad amortiza participaciones que poseía.
Período de oposición de acreedores: En la reducción con devolución de aportaciones existe un derecho de oposición de los acreedores durante 1 mes desde la publicación en el BORME. Durante ese tiempo, la reducción no puede ejecutarse. Lo gestionamos nosotros.

¿Cómo gestionamos la reducción de capital con notaría online?

Un proceso con más pasos que otros trámites societarios, pero que en LibreTax coordinamos de principio a fin para que tú solo tengas que aparecer en la videoconferencia notarial.

1

Análisis de la operación y asesoramiento fiscal previo

Evaluamos la finalidad de la reducción, sus implicaciones fiscales para los socios (la devolución de aportaciones puede generar tributación en IRPF o IS) y el método más eficiente para ejecutarla.

2

Redacción del acuerdo de junta de socios

Preparamos el orden del día y el acuerdo donde se aprueba la reducción con indicación del importe, la modalidad, el método y la forma de ejecución para cada socio.

3

Publicación en el BORME y en un diario

Coordinamos la publicación del acuerdo de reducción en el Boletín Oficial del Registro Mercantil y, cuando sea necesario, en un diario de difusión provincial. El período de oposición de 1 mes comienza desde aquí.

4

Escritura notarial por videoconferencia

Transcurrido el período de oposición (si aplica), el notario otorga la escritura de reducción mediante videoconferencia biométrica. Todos los socios firman digitalmente desde donde estén.

5

Inscripción en el Registro Mercantil y actualización ante Hacienda

Presentamos la escritura para su inscripción registral y actualizamos el capital social ante la AEAT. El Modelo 036 refleja el nuevo capital de la sociedad.

Por qué gestionar la reducción con LibreTax

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Notaría digital: sin desplazamientos

La firma de la escritura se realiza con certificado digital con validez legal plena. Ni los socios ni el administrador tienen que acudir a ninguna notaría presencial.

⚖️

Análisis fiscal incluido

Antes de ejecutar la operación analizamos las implicaciones para cada socio: si la reducción con devolución de aportaciones genera plusvalía tributable, te lo decimos y planificamos la mejor forma de ejecutarla.

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Gestión del plazo de oposición

El período de 1 mes para la oposición de acreedores requiere publicaciones y coordinación. Lo monitorizamos para que la operación no se retrase ni un día más de lo necesario.


Preguntas frecuentes sobre reducción de capital

Resolvemos las dudas más habituales de los socios y administradores que se plantean esta operación.

¿Tienen que votar todos los socios a favor de la reducción?

No necesariamente. La reducción de capital se aprueba por mayoría reforzada en junta general: más de la mitad de los votos totales correspondientes a las participaciones en que se divide el capital social, salvo que los estatutos exijan un quórum mayor. Los socios disidentes no pueden bloquear la operación si la mayoría la aprueba.

¿Qué impuestos paga el socio cuando recibe dinero por reducción de capital?

La devolución de aportaciones tributa en el IRPF: primero se minora el valor fiscal de las participaciones; si la devolución supera ese valor, el exceso tributa como rendimiento del capital mobiliario. Para garantizar que esta operación se refleje correctamente y optimices tu factura fiscal, nos encargamos de integrarlo todo en tu declaración de la renta, calculando el impacto exacto antes de ejecutar la reducción.

¿Pueden los acreedores bloquear la reducción de capital?

Cuando la reducción implica devolución de aportaciones (y no es para compensar pérdidas), los acreedores tienen derecho de oposición durante 1 mes. Sin embargo, este derecho no bloquea la reducción: si los socios ofrecen garantías suficientes a los acreedores que se opongan, la reducción puede ejecutarse igualmente.

¿Se puede hacer una reducción simultánea con una ampliación de capital (operación acordeón)?

Sí. La llamada «operación acordeón», reducción de capital a cero o casi cero para compensar pérdidas, seguida de una ampliación inmediata, es una operación más compleja pero perfectamente legal. Requiere protección de los socios minoritarios y un proceso notarial más elaborado. Lo gestionamos con nuestra notaría digital.

¿Cuánto tiempo dura todo el proceso?

La reducción con devolución de aportaciones requiere publicación en el BORME y un mes de espera para la oposición de acreedores, por lo que el proceso completo tarda entre 6 y 10 semanas. La reducción para compensar pérdidas puede resolverse en 3–4 semanas al no existir ese período de oposición.

¿Qué ocurre si no reducimos capital cuando tenemos pérdidas acumuladas importantes?

La Ley de Sociedades de Capital obliga a convocar junta para adoptar medidas si el patrimonio neto cae por debajo de la mitad del capital social. Si la situación persiste y los administradores no actúan, pueden incurrir en responsabilidad personal. Una reducción para compensar pérdidas elimina este riesgo.

Consulta tu reducción de capital

Cuéntanos la situación de tu sociedad y te preparamos un análisis completo en 48H.

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