Modelo 347: declaración anual de operaciones con terceros
El Modelo 347 es una declaración informativa anual que deben presentar autónomos y empresas cuando el volumen total de operaciones con un mismo cliente o proveedor supera los 3.005,06€ durante el año. Se presenta en febrero del año siguiente.
Hacienda lo cruza con los datos declarados por tus clientes y proveedores. Si hay discrepancias, genera requerimientos automáticos. En LibreTax nos aseguramos de que tus datos coincidan con los del resto.
¿Qué es el Modelo 347 y qué se declara?
El Modelo 347 recoge todas las operaciones con clientes y proveedores que hayan superado los 3.005,06€ en total durante el año, desglosadas por trimestres. Tal y como detallamos en nuestra guía completa del Modelo 347, este incluye entregas de bienes, prestaciones de servicios, cobros en metálico superiores a 6.000€ y arrendamientos de inmuebles.
¿Quién NO está obligado a presentarlo?
- Personas físicas y entidades en estimación objetiva (módulos) cuyos proveedores también tributan por módulos
- Contribuyentes que tengan todas sus operaciones en el SII (Suministro Inmediato de Información)
- Quienes no hayan superado los 3.005,06€ con ningún cliente o proveedor durante el año
- Operaciones intracomunitarias (ya se declaran en el Modelo 349)
- Operaciones sujetas a retención (ya se declaran en los modelos 111, 115…)

Preguntas frecuentes sobre el Modelo 347
1. ¿Qué pasa si mis datos y los de mi cliente no coinciden?
Hacienda detecta la discrepancia y puede emitir requerimientos a ambas partes. Las diferencias suelen deberse a errores en el IVA o en la imputación trimestral. Para evitarlo, desde nuestro servicio de asesoría para autónomos y gestoría de sociedades, nos encargamos de verificar la coherencia con tus proveedores y clientes antes de presentar, asegurando que los datos cuadren al céntimo.
2. ¿Debo incluir las operaciones con particulares?
Solo si las operaciones con particulares son de bienes inmuebles (alquiler o venta) o cobros en metálico superiores a 6.000€. Las ventas ordinarias a consumidores finales no se incluyen en el Modelo 347.
3. ¿El importe de 3.005,06€ es con o sin IVA?
La comparación para determinar si hay obligación de declarar se hace sobre el importe total de las operaciones incluyendo el IVA. Sin embargo, el importe que se declara en el modelo puede ser con o sin IVA dependiendo de la naturaleza de la operación.
4. ¿Los alquileres de local se incluyen en el 347?
Sí. Los arrendamientos de inmuebles que superen los 3.005,06€ anuales con el mismo arrendador o arrendatario se incluyen en el Modelo 347. Aunque las retenciones ya se declaran en el Modelo 115, el arrendamiento sigue siendo declarable en el 347.
